Shirley Iriarte

Shirley Iriarte gy R2182 14, 2016 10 pagos SEÑORJUEZ DE PARTIDO FAMILIAR DE TURNO PLANTEA DEMANDA DE DIVORCIO OTROSÍ. – ZHIRLE VANNEZA IRIARTE RIVAS, mayor de edad, hábil por derecho, con C. I. 4428002 Cbba. , domiciliada en la calle Israel, zona villa Israel s/n adjuntando croquls de referencia, ante su autoridad con respeto expongo y pido: l. ANTECEDENTES. Del Certificado de Matrimonio que adjunto, merece plena fe probatoria, al sentir de los Arts. 296-1 y 1 534 del Código Civil; el mismo que acredita en calidad de prueba literal pre constituida, que mi persona ha contraído matrimonio con el Sr. JOSÉ ROMÁN TERÁN DUARTE, el 27 de marzo de 2006, Oficialia col N» 3, Libro NO 75, Partida NO 95, Folio NO 95 del De artamento de Swipe to page Cochabamba, provin PACE 1 10 lado, decidimos casa s e n to View nut*ge procreado a nuestro o aue FERNANDO TERÁN IR nacimiento, al sentir al chabamba. or otro te sujeto hemos bre JOSÉ o el certificado de 4 del código civil; acreditan en calidad de prueba literal pre constituida. Al presente en cumplimiento a las normas previstas por la Disposición Transitoria de la parte segunda de la ley ND 603, del Nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, es así que la resente DEMANDA DE DIVORCIO O DESVINCULACION JUDICIAL, en los Arts. 205, 210 y 259 de la citada norma y con la finalidad de acreditar y fundamentar esta solicitud, tengo manifestar lo siguiente: II.

FUNDAMENTACIÓN D DE HECHO. señor juez, resulta que el ano 1999 conocí a JOSE ROMAN TERAN DUARTE, con quien enamoramos unos meses y pues en vista de ser mayores de edad, por el gran entendimiento que teníamos, decidimos convivir como pareja, esto también con la idea de darle un hogar a mi hijita Michelle Vanneza Mejía Iriarte, ya que ella creciera con una figura paterna, es así que en solo unos meses uestra convivencia se plasmó como lo que había soñado toda mi vida, por fin tener mi propia familia y darle un hogar a mi hija.

Pero con el pasar del tiempo y de realmente empezar a conocernos, comenzó a tomar más confianza, sentirse más seguro de tenerme junto a él, por lo que de manera sorpresiva tuvo cambios radicales en su personalidad, es decir, se destapó y mostró su verdadero ser, había sido muy agresivo, impulsivo, gritón y sobre todo le gusta consumir bebidas alcohólicas.

Llegaba a la casa a altas horas de la noche, empezaba a gritarme y tratarme agresivamente, es más me votaba de la casa junto on mi hija Michelle Vanneza Mejía Iriarte, pero este lo mantenía en reserva con mis padres, nunca les contaba todo ese maltrato y humillaciones que estaba viviendo, todo porque mi hija era muy pequeña, no quería deshacer mi hogar además estaba en gestacón de mi segundo hljo.

Pero a medida que pasaban los años, las cosas se fueron tornando cada vez peor, ya que tuvo el descaro y la sinvergüencería de decirme que estaba con otras mujeres, además que me insultaba «estúpida, perra, puta, basura no sirves para nada, mala madre», al extremo de compararme con s 20F 10 nsultaba «estúpida, perra, puta, basura no sirves para nada, mala madre», al extremo de compararme con sus mujeres, diciendo que soy lo peor y que hasta en la calle encuentra mejores cosas, como si yo fuera un objeto, con esta conducta llego a destruir mi personalidad y estos daños psicológicos me generaron una baja autoestima, ya que siempre creí que no podía vivir sin él y necesitaba su compañía, porque era es muy astuto, sabia como manipularme psicológicamente, además que siempre de alguna forma me convencía de que todo cambiaria y yo por mis hijos le creía, pero luego todo era peor.

Debido a que atravesábamos una mala situación y él no podia dejar de lado las malas amistades ya que salía constantemente, además consumía bebidas alcohólicas y andaba con mujeres, llegaba en la madrugada con aliento alcohólico y empezaba a portarse muy agresivo, así que le propuse que nos separáramos, como siempre encontraba la manera de convencerme, argumentaba lo mucho que me amaba y prometía cambiar. Así a fin de cambiar radicalmente nuestra vida, decidimos viajar al Reino de España con el sueño de que nuestra vida mejore y comenzar de nuevo para darle una mejor vida a nuestros hijos así ue el 27 de marzo de 2006 contrajimos matrimonio y nos fuimos del país, dejando a nuestros 2 hijos al cuidado de mis padres y emprendimos el viaje hacia un país desconocido, con muchos sueños y metas.

Pero debido a la incompatibilidad de caracteres de ambos, ha incidido que la vida en común no exista y se haya roto irremediablemente el vinculo matrimonial d 0 vida en común no exista y se haya roto irremediablemente el vinculo matrimonial desde hace mas de 3 años, extremo que está plasmado como en el acuerdo transaccional firmado por ambos en fecha 15 de diciembre de 2014, empero como podrá videnciar vuestra autoridad, en el mismo se ha fijado una asistencia familiar de Bs. 500. – en la Clausula CIJARTA (que no ha cumplido), asimismo, en dicho acuerdo señala que no íbamos a agredirnos física, ni psicológicamente, mientras se llegue a vender el inmueble donde vivíamos y construimos, teniendo el un espacio para vivir en el mismo hasta su venta, conforme la Clausula SEXTA que tampoco que no fue cumplido, ya que conforme también se tiene como prueba denuncie y formalice querella el 29 de junio de 2015, por los Delltos de 272. – Violencia Familiar y Domestica y Art. – 250 Violencia Económica Inc. ); es ás esta situación de violencia vivida, se plasma en la Clausula QUINTA del documento que hago referencia, ya que a fin de liberarme de los maltratos y tener una asistencia para nuestro hijo, por la presión sufrida, llegue aceptar que este sujeto, ya que no se puede decir, ni esposo y mucho menos padre, se quede con el 60% del dinero por la venta de nuestro inmueble que fue contruida en vida conyugal, como refiere en la misma clausula, extremo que totalmente contraria a la Ley, pero como puede evidenciar su Rectitud, he tenido que soportar hasta ese absurdo legal, plasmado por su abogado, para que pare mi sufrimiento y os traumas a mis hijos.

Ahora, en vista que este sujeto a sido sentenciado por lo 40F 10 sufrimiento y los traumas a mis hijos. Ahora, en vista que este sujeto a sido sentenciado por los delitos señalados, aceptando el hecho y sometiéndose a un procedimiento abreviado, es que tengo el valor de manifestar mi pretensión y volviendo a confiar en la Justicia, reclamo lo que en derecho me corresponde, además de liberarme de este matrimonio que en la realidad ha sido un calvario y un castigo para mi persona. III. FUNDAMENTACION LEGAL Y PETITORIO. Por lo ampliamente expuesto, existiendo una RUPTURA DEL PROYECTO DE VIDA EN COMUN, por la violencia sufrida, amparada en el Art. 205 y en previsión del Art. 210 y sgtes. e la Ley NC 503 de 19 de Noviembre de 2014, vengo ante su Autoridad a demandar proceso de divorcio en contra de JOSE ROMAN TERAN DUARTE,quien es mayor de edad, hábil por derecho, con cédula de identidad 3743826 Cbba, Domicilio Real en la Zona Temporal Calle – 14, Ocupación Chofer y socio de un restaurante, solicitando tenga a bien admitirla conforme a derecho y cuyo croquis se acompaña, para que previos los tramites de ley, se dicte sentencia DECLARANDO PROBADA LA DEMANDA en u totalidad y disuelto el vínculo conyugal y disponiéndose la cancelación de la partida matrimonial mediante el Servicio de Registro Cívico conforme los datos consignados en el Certificado de matrimonio conforme dispone el Art. 214 de la citada Ley. Por otro lado, en vista que se tiene un Acuerdo Transaccional de fecha 16 de diciembre de 2014, tengo a bien solicitar que como medida complementaria se homologue solamente las clausulas TERCERA y CUARTA, bien solicitar que como medida complementaria se homologue solamente las clausulas TERCERA y CUARTA. del referido documento, es decir, fije la Asistencia Familiar en la suma de Bs. 00. que deben ser cancelados a partlr de la fecha de suscripción del documento, asimismo, mantener la Guarda con mi persona, de mi hijo José Fernando Terán Iriarte, esto en razón al interés superior del menor, asimismo, siendo que la Cláusula QUINTA del documento de 16 de diciembre de 2014 es contradictoria a la Norma de Orden Publico, que fue aceptada por la violencia y el sometimiento que he vivido, siendo la misma ambigua, obscura y falta de redacción, disponga se deje sin efecto la misma y que en Ejecución de Sentencia se proceda a la División y Partición de los Bienes gananciales conforme manda la ley, es decir en para mbos esposos. 1 . Tenemos como bienes en gananciales los siguientes: Un inmueble ubicada en Villa Isrrael, calle Isrrael, s/n, (describí el inmueble) Dos vehículos Clase Vagoneta, marca Mitsubishi, Tipo Chariot con placa de circulación 1742YPP y una Brasilia color plateado con placa NO KPB mod. 80. OTROSI PRIMERO. -De acuerdo a lo que dispone el Art. 330 del Código de Procedimiento Civil, acompaño prueba pre-constituida consistente en: I DOCUMENTAL – Certificado de nacimiento de mi hijoJosé Fernando Terán Iriarte. – Certificado de matrimonio. Acuerdo Transaccional de fecha 16 de diciembre de 2014. Fotocopia legalizada de los actuados del proceso penal por los delitos previstos y sancionados en el Ar 60F 10 Fotocopia legalizada de los actuados del proceso penal por los delitos previstos y sancionados en el Art. 272. – Violencia Familiar y Domestica y Art. – 250 Violencia Económica Inc. c) interpuesto por mi persona en contra de José Roman Terán Duarte. OTROSI TERCERO. -Renuncio de forma expresa al término de tres meses, solicitando a su probidad, se digne señalar día y hora de audiencia para resolver el trámite de divorcio o desvinculación, conforme al Art. 210 Parágrafo VI de la Ley Na 603. OTROSI CUARTO. soliCito a su autoridad se digne disponer la notificación a la Fiscal asignada contra los delitos de Violencia contra la mujer en la EPI Sur, para que me extienda fotocopias legalizadas de los actuados del proceso, es decir querella seguida en contra de JOSE ROMAN TERAN DUARTE por el dellto de Violencia Familiar y Domestica; caso Fis 128/2015mediante la sección que corresponda, OTROSÍ QUINTO. -En su caso, anuncio que haré uso de los medios legales de prueba que me faculta el Art. 374 del Código de Procedimiento Civil, solicitando se tenga presente para fines consiguientes. OTROSÍ SEXTO. En cuanto a los Honorarios Profesionales, se tenga presente que está pactado de acuerdo al Arancel del Colegio de Abogados. OTROSÍ SEPTIMO. – conforme preceptúa el Art. 2 de la Ley NO 439 de 19 de Noviembre de 2013, señalo domicilio procesal en cane Lanza NO S-0324, edifiCi0 orión, Piso, 2, Oficina 204, entre calles Sucre y Jordán. OTROSÍ OCTAVO. – Citaciones y notificaciones a través de la Central de Diligencias. Cochabamba, 1 de febrero de 2016 notificaciones a través de la Central de Diligencias. OTROSI TERCERO. – Solicito a su digna autoridad que el deposito se lo realice mediante depósito judlclal, eso para evitar problemas osteriores. OTROSI CUARTO. – La abogada que suscribe, se atiene al Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales, amparada en el Art. 75 de la Ley de la Abogacía. OTROSI QUINTO. – señalo domicilio procesal en la calle Lanza entre Sucre y Jordán Edif. ORION cuarto piso cf. 401. OTROSI SEXTO. – Citaciones a funcionario público.

Cochabamba 27 de enero de 201 6 10 hogar de una fiesta en la cual habíamos compartido con nuestras amistades, y por una discusión que tuvimos el procedió nuevamente a golpearme , ese acto cobarde al que estaba acostumbrado me lastlmo en mi honor y dignidad y al poder oportar mas esos ultrajes es que decidí a las autoridades llamadas por ley, desembocando en un proceso penal que yo inicio en contra del demandado. Debo hacer hincapié que el nunca trabajo y solo se dedicaba a tomar, siempre batalle sola para sacar adelante mi hogar, y peor desde el día en que me golpeo y lo denuncie el tuvo que irse de la casa por disposición de la fiscal, la Dra. Elizabeth Betancourt, pero también desde ese día el no da ni un peso para su hijo, con el pretexto de que como yo tuve el valor de denunciarlo ahora debo tener el valor de mantener sola a mi hijo, además de que el o tiene ninguna obligación económica. Debo exponer que el demandado tiene como oficio taxista en calidad de propietario, por lo que solicito a su digna probidad se digne fijar una asistencia familiar no menor a los 1. 200 Bs. De forma mensual. Por lo anteriormente expuesto y al amparo de los Arts. 109,112, 116 y 117 del Código de Familia interpongo DEMANDA DE ASISTENCIA FAMILIAR en contra de ROMAN TERAN GIMENZ, quien es mayor de edad, con C. I. 333333 Cbba. oficio taxista, con domicilio en temporal, cuyo croquis se acompaña, para que previos los tramites de ley, se dicte Sentencia DECLARANDO PROBADA LA DEMANDA en su totalidad. OTROSI PRIMERO. – E-n observancia del Art. 61 de la Ley de Abreviación Procesal y Asistencia totalidad. Abreviación Procesal y Asistencia Familiar, tengo a bien ofrecer los siguientes medios de prueba: – Certificado de nacimiento de mi hijo. – Fotocopia legalizada del certificado médico forense. – Fotocopia legalizada de la querella interpuesta por mi persona en contra del demandado. – Fotocopia legalizada de las medidas precautorias que la Fiscal le impuso al demandado. – Fotocopia legalizada del examen psicosocial que me practicaron en el Slim. Fotocopia legalizada del examen Psicosocial que le racticaron a mi hijo. OTROSI SEGUNDO. – Solicito a su autoridad se digne disponer la notificación al representante legal de la Alcald[a Municipal del Cercado, mediante la sección que corresponda, certifique a nombre de quien esta el motorizado de marca Mitsubishi con placa de circulación EPA-222. OTROSI TERCERO. – Solicito a su digna autondad que el deposito se lo realice mediante depósito judicial, eso para evitar problemas Ley de la Abogac[a. OTROSI QUINTO. – Señalo domicilio procesal en la Calle Lanza entre Sucre y Jordán Edif. ORION cuarto piso of. 401. Cochabamba 19 de agosto de 2015