Reglamento de construccion

Reglamento de construccion gy Idgr gc•KJ6pR 03, 2010 207 pagcs H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MORELIA REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS SERVICIOS URBANOS PARA EL MUNICIPIO DE MORELIA 1993-1995 DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS Y DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES SERGIO A. MAGAÑA MARTÍNEZ, ENRIQUE JUÁREZ TREJO, ENRIQUE SÁNCHEZ VELAZCO, JAVIER PIÑA MARTÍNEZ, ALFREDO ARRIAGA ZETINA, JAIME NUNEZ LOPEZ, CARLOS ESTRADA CHAVEZ, FERMINA ARELLANO MONTERO, ÁNGEL DÍAZ PÉREZ, LUIS LAJAS MULLER, JULIO CESAR GONZALEZ JIMENEZ, RODOLFO SÁNCHEZ MURILLO, SUSANA ES UIVEL BARIAS, MANUEL GRACIA CONTRERAS,

SINDICO, SECRETARI DE MORELIA CON FIJ ARTÍCULOS 1150 FRA POLíTlCA DE LOS E-ST F207 1-1 to View nut*ge AME D EN EZ, PRESIDENTE, UNTAMIENTO UESTO POR LOS NSTITUCION OS, ga FRACCIÓN X DE LA NUEVA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, 1230 FRACCIÓN IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACAN DE OCAMPO, 290 FRACCION IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y 1 DE LAS BASES NORMATIVAS ESTABLECIDAS POR EL CONGRESO DEL ESTADO, Y CONSIDERANDO Que con las recientes reformas al articulo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a la expedición de a nueva Ley General de Asentamientos Humanos y a las bases normativas establecidas por el Congreso del Estado, es facultad de los Municipios expedir los bandos de buen gobierno, reglamentos y demás disposiciones administrativas para la buena generan los Asentamientos Humanos, tanto en obras de infraestructura urbana como de construcciones en sus distintas modalidades, y con el objeto de contar con los instrumentos de observancia general que permitan al Municipio tener un control adecuado en estas materias, se consideró conveniente la revisión y actualización de los ordenamientos que regulan la expedición e licencias de construcción y la dotación de servicios urbanos, a fin de que acojan los adelantos técnicos que garanticen a la población seguridad en las edificaciones que se construyan, así como protección al ambiente, salubridad e higiene en todo tipo de obras que se realicen en el Municipio de Morelia.

Que la Comisión de Urbanismo y Obras públicas en coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Servicios Municipales, procedió a la elaboración del proyecto de Reglamento de Construcción y de los Servicios Urbanos, cuya estructura y contenido se precisan a continuación. El título primero, comprende objetivos del desarrollo y seguridad, autoridades, facultades y tipolog(a de las construcciones; titulo segundo, comprende normas de desarrollo urbano para ordenar y regular, el contexto urbano, uso del suelo, imagen urbana, vía pública, normas de hábitat, dimensiones mínimas aceptables, acondicionamiento para el confort, requisitos mínimos para los servicios sanitarios, normas para instalaciones eléctricas, hidrosanitarias, conexión a redes Municipales, comunicaciones, circulaciones y normas preventivas contra incendios.

En el título tercero, se establecen normas de seguridad structural, relativas a las características generales de las edificaciones, criterios de diseño estructural, cargas muertas, cargas vivas, diseño para cimentaciones, pavimentos flexibles y rígidos, materiales de construcción, ta vivas, diseño para cimentaciones, pavimentos flexibles y rígidos, materiales de construcción, tapiales, andamios, demoliciones, mamposterías, estructuras de madera, fachadas, recubrimientos y pruebas de carga. En el titulo cuarto, se establecen los procedimientos y medidas de seguridad para la expedición de licencias, permisos y utorizaciones, constancia y permiso de usos del suelo, licencias de construcción, ocupación de la vta pública; también se establecen los requisitos para ser peritos responsables de obras, para los corresponsables, medidas de seguridad, infracciones, sanciones y recursos administrativos. En síntesis, el documento referido genera una normatividad apropiada para el mejor control de todo lo relacionado con las construcciones y los servicios urbanos en el Municipio de Morelia.

Por lo anterior este Ayuntamiento ha tenido a bien aprobar y expedir el Reglamento de Construcción y de los Serv’icios Urbanos ara el Municipio de Morelia. ÍNDICE Página TITULO PRIMERO. – DISPOSICIONES GENERALES Capitulo l. -Objetivos de Desarrollo y Seguridad Capítulo Il. -Autoridadesy Facultades Capítulo III. -Tipología de las construcciones TITULO SEGUNDO. – NORMAS DE DESARROLLO URBANO Capítulo l, Contexto Urbano. Sección Primera. – Uso del Suelo Sección Segunda. – Imagen Sección Tercera. – Vía Públ amientos eléctricas Sección Sexta. – Normas para la conexión a redes municipales Sección Séptima. – Normas para instalaciones de comunicación Capítulo III. -Normas para circulaclones, puertas de acceso y alida Sección Primera. – Normas preventivas contra incendios.

TITULO TERCERO. – NORMAS DE SEGURIDAD ESTRUCWRAL. Capítulo l. -Disposiciones generales Capítulo II -Características generales en las edificaciones. Il. -Criterios de diseño estructural IV. -Cargas muertas V. -Cargas vivas VI. -Diseño por sismo DE CONFORMIDAD CON LAS BASES NORMATIVAS ESTABLECIDAS POR EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE MORELIA HA TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE: REGLAMENTO DE CONSTRUCCION Y DE LOS SERVICIOS URBANOS PARA EL MUNICIPIO DE MORELIA TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO OBJETIVOS Artículo 1 . – Objetivo de desarrollo y seguridad. I. EI presente Reglamento de construcción y de los servicios urbanos, tiene como objetivo el establecer las bases en todo el Territorio del Municipio d conocer el tipo de 40F elementos y erados de inc enen los fenómenos construcciones. Il. -Objetivos del Reglamento. El presente Reglamento señala con carácter enumerativo y no limitativo: a) La reglas a las cuales deberán ajustarse todas las obras relacionadas con la construcción, de carácter público o privado, ue pretendan ejecutarse en la vía pública o en terrenos de propiedad particular. b) Las reglas para el uso de los servicios públicos que presta el Municipio de Morelia. c) Las reglas para el uso y destino de predios, así como de su construcción y estructura. ) Los procedimientos para expedición de licencias de construcción y permisos de ocupación de la vía pública. III. -Alcance. El presente Reglamento tiene vigencia dentro del Territorio del a) Ningún edificio, estructura o elementos de los mismos será construido, restaurado o reciclado si no lo es deacuerdo con la ormatividad que este instrumento señala. b) No deberán realizarse demollciones o excavaciones en la propiedad privada ni ocupar o hacer uso de la vía pública, ni efectuar obras en ella sin sujetarse a las disposiciones de este Reglamento. c) No deberán usarse los iOS de cualquier forma Arqueológicas, Artísticos e Históricos. e) Reglamento Municipal, el Reglamento de Construcción y Servicios Urbanos para el Municipio de Morelia. ) Reglamento para la Conservación, al Reglamento para la Conservación del Aspecto Típico y Colonial de la Ciudad de g) Perito, el responsable de obra registrado ante el H. Ayuntamiento de Morelia. Artículo 2. – Aplicación del orden público e interés soclal. El cumplimiento y observancia de las disposiciones del presente Reglamento, las leyes y demás ordenamientos aplicables en materia de conservación, desarrollo urbano, planificación, seguridad, equilibrio, estabilidad, ordenamiento de carácter ecológico y de higiene, así como las restricciones que se impongan al uso del suelo en los terrenos o edificaciones tanto de propiedad pública como de la privada, son de orden público y de interés social. Articulo 3. – Terminología.

Por las características que contiene el presente Reglamento, es necesario que la amplia gama de vocabulario técnico que requiere se considera en un glosario de terminos que estará contenido en las normas técnicas complementarias correspondientes. CAPITULO II AUTORIDADES Y FACULTADES. Artículo 4. – La aplicación tiones de este Reglamento corresponde no limitativo, las siguientes facultades: . -Fijar los requisitos técnicos a que deberán sujetarse las construcciones e instalaclones en los predios y vías públicas a fin de que cubran las máximas condiciones de habitabilidad, seguridad, higiene y confort. Il. -Dictar las disposiciones especiales que se requieran para reglamentar el tipo de construcción en avenidas o zonas urbanas con el fin de conservar su tipología o integración al contexto natural y urbano. III. Fijar las restricciones a que deberán sujetarse las edificaciones y los elementos de paisaje urbano localizados en zonas y monumentos históricos de acuerdo con la ley del INAH, y la ley de Protección al Ambiente del Estado y demás ordenamientos aplicables. IV. -Requerir el cumplimiento de las obligaciones por el uso y, en su caso, usufructo de la Vía Pública Municipal y Servicios Públicos Municipales. V. -Conceder o negar licencias y permisos de construcción y el uso de edificaciones en el Territorio Municipal. Vl. -lnspeccionar todas las construcciones e instalaciones de carácter público o privado en el Municipio de Morelia. VII. -Practicar inspección para conocer el uso que se haga de un predio o lote, estructura, instalación, edificio o construcción. VIII. El ordenamiento en materia ecológica correspondiente al Municipio protegiendo y mejorando el ambiente a través de medidas de previsión, vigilancia y corrección de las causas de contaminacion, a fin de ev eliminar los efectos perjudiciales de las activid antes que se produzcan aplicables en coordinación con las dependencias respectivas que tiendan al fomento de dichas actividades. IX. -Dictar las disposiciones especificas con relación a edificios de tipología y establecimientos de carácter malsano o que causen molestias. X. -Autorizar o negar la ocupación o el uso de una construcción, estructura o instalación de conformidad con el presente Reglamento y las leyes que para el caso sean aplicables. XI. -Ejecutar por cuenta de los propietarios, las obras que sean rdenadas en cumplimiento de este Reglamento, cuando estos no las realicen en el plazo fijado para ello. XII. Ordenary ejecutar la suspensión temporal o la clausura de obras en proceso o terminadas y la desocupación en los casos que previene este Reglamento. XIII. -Ordenar y ejecutar las demoliciones de edificaciones en los casos que señala este Reglamento. XIV. -Aplicar las cuotas que deben pagarse por derechos de licencias de fraccionamientos, construcción de obras, dictámenes de uso del suelo, condominios, conjunto habitacionales, divisiones y subdivisiones de predios, alineamientos y números oficiales, cupación de la vía pública y lotes sin bardear. XV. -Imponer las sanciones correspondientes por violación a este XVI. -Llevar el registro de peritos responsables de obra. XVII. Proponer al Ayuntamiento las normas técnicas complementarias de este s acuerdos, instructivos y demás disposiciones adm cedentes para su debido verificar el cumplimiento de las obligaciones consignadas en las autorizaciones, previo a la recepción de las obras de urbanización; como exigir a los fraccionadores el otorgamiento de la garantía para responder de los posibles vicios ocultos que pudieran tener las obras. XX. Determinar la localización del área de donación que el corresponda al Municipio por la autorización de fraccionamientos y condominios. XXI. -Emitir opinión técnica sobre expropiaciones de predios por causa de utilidad pública y en su caso formular la solicitud respectiva ante el presidente Municipal para los trámites correspondientes, y XXII. Las demás que el confiera este Reglamento y demás ordenamientos legales. Artículo 6. – Concurrencia de las autoridades federales. Todas las atribuciones que determina el presente Reglamento, asi como las acciones en lo particular o en lo general que sea ecesaria la simultaneidad con la Federación, el Estado y el Municipio, deberán regirse por sus respectivas legislaciones. CAPITULO III TIPOLOGÍA DE LAS CONS RUCCIONES Artículo 7. – Clasificación de las edificaciones. para efectos de este Reglamento las edlficaclones en el Municipio de Morelia se clasifican en los siguientes géneros: . -Construcciones populares unifamiliares desarrolladas por el sector público. Il. Construcciones un autoconstrucción. tipo conjunto habitacional en sus dos modalidades. a) Conjunto habitacional horizontal b) Conjunto habitacional vertical. De acuerdo con la calidad de la construcción. X. -Construcciones en zonas rurales. Artículo 8. – Zonas de riesgo. Entre los elementos de riesgo a considerar para prevenir sus efectos esta el uso inadecuado de espacios urbanos o de construcciones en mal estado que no cumplan con las normas mínimas de seguridad, así como las intersecciones viales, conflictivas y la ubicación peligrosa de aeropuertos, aeropistas, cruces de ferrocarriles de transporte de pasajeros y carga, entre otros.

Los riesgos para los asentamientos humanos derivados de las acciones del hombre, abarcan una amplia gama de factores a onsiderar que deberán ser analizados mediante programas secretanales de las instituciones de salud pública, comercio, comunicaciones, etc. Artículo g. – Sistemas tradicionales de construcción. Para efectos del presente Reglamento se dividen en dos rangos a saber: l. -Antiguas: Las determinadas en las zonas de monumentos históricos relevantes y zonas típicas en la cuales deberán respetarse los materiales y sistemas constructivos típicos regionales, de conformidad con las leyes de la materia. Il. -Nuevas: Los sistema ales de construcción, en los cuales se autoriza el d as de construcción en