OUTSORCING EXPOSICIÓN

OFII p PORQUÉ EL OUTSOURCING? La administración moderna acoge actualmente como estrategia para una mayor productividad y eficiencia en la empresa, la contratación pero luego de un tiempo, empezaron a decaer vertiginosamente, tales como la IBM y FORD, entre otras. Se define como: «La revisión fundamental y el rediseño radical de procesos para alcanzar grandes mejoras en medidas criticas de rendimiento, tales como costos, calidad, servicio y rapidez» No es hacer ajustes, no es hacer arreglos a lo ya establecido. Se trata de rediseñar, de inventar nuevamente.

Tampoco es reestructurar «para hacer enos con menos sino hacer más con menos» CONCEPTOS ASOCIADOS OUTSOURCING Relaciones Laborales Triangulares: Cuando se menciona la existencia de «relaciones laborales triangulares» se está aludiendo a las que se producen entre la empresa principal, la subsidiaria y el trabajador aportado por esta última. Flexibilización: tanto en lo productivo como en lo laboral, identifica diversas vías de estrategia empresarial que se focalizan en eliminar rigideces en los tiempos de producción («just In time», «justo a tiempo»), pero también, en el caso de la mano de obra, en abaratar los costos. edición confiable ara lograr una visión acertada, y dentro de este análisis encontrar qué áreas están siendo improductivas en sí mismas o hacen improductiva la empresa. GENERALIDADES LI Una vez hecho este diagnóstico, se tomará la decisión de cuales actividades seguirán siendo asumidas directamente por la empresa y cuáles serán contratadas externamente. Una de las consecuencias del auge de esta tendencia de la administración moderna de contratar externamente, es la reducción de los empleados directos o de nómina de las empresas al entregar servicios o actividades asumidos anteriormente por ellas.

LI Los altos costos laborales aunados a la disminución de la productividad de empresas que otrora fueran exitosas, ha hecho, en opinión de muchos, que los empresarios colombianos hayan empezado a utilizar esta opción. n lo que se delega externamente son aquellas funciones o servicios no relacionados con el objeto principal del negocio n en Estados Unidos están ya subcontratando áreas que centrales, y se está tradicionalmente se consi 3 OF empezando al tener la visi se trata exclusivamente genera una ventaja comparativa importante.

Un error en este diagnóstico llevaría a que lo contratado externamente, n lugar de hacer más exitosa a la empresa y de bajar sus costos a mediano plazo, podría llevarla a un fracaso rotundo. LI la Tercerización parece atentar contra los sentimientos de afiliación y pertenencia organizacional, elementos claves para la motivación del personal. OUTSOURCING Forma de adoptarlose recomienda cumplir con lo Para adoptar este esquema de tercerización, siguiente: 1.

Definir la alta gerencia, que áreas no generan valor para la empresa y tomar la decisión de eliminarlas, y reemplazarlas con los servicios de un tercero. 2. Definir en el contrato exactamente plazos, modalidades, iempos, calidades y demás. Los Contratos, se aconseja, ojalá sean cuando menos a cinco años. 3. Permitir que la empresa contratante, ejerza auditoría con el tercero, aun revisando sus libros de contabilidad si es necesario. Esta es una cuestión de recíproca confianza. Si la confianza no existe, es mejor abstenerse.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ¿Qué es la responsabilidad solid la empresa beneficiaria. ARTICULO 36. C. S. T. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA El riesgo de la solidaridad prevista por la ley, para el pago por parte del beneficiario de la obra de las obligaciones laborales incumplidas por el ontratista, puede ser trasladado a una compañía de seguros mediante la exigencia de la suscripción de una póliza de cumplimiento por parte de la empresa tercerizadora. Debe tenerse en cuenta que la ley solo exceptúa la solidaridad en caso de que la obra o labor contratada sea extraña al objeto de la empresa.

Cuando una empresa opta por el outsourcing, si el contratista respecto de sus empleados no actúa como un verdadero patrono, estos resultan siéndolo de la empresa beneficiaria, radicandose en ella todas las obligaciones laborales. CUÁNDO IMPLEMENTARLO? La naturaleza administrativa y económica del outsourcing lleva a onclusión de que se debe implantar sólo cuando un estudio administrativo, técnico y financiero de la empresa determine su necesidad y efectividad y le y ligera observación de para la persona una dependencia económica.

El outsourcing debe ser una herramienta para que todos los actores en una relación de trabajo subordinado o no, resulten ganadores tanto a nivel económico, profesional y personal. ‘VENTAJAS Resumiendo brevemente las ventajas que los autores dan al outsourcing tenemos: La empresa delega responsabilidades, concentrarse en actividades centrales. ganando tiempo Los costos de actualización tecnológica son asumidos por el ontratista. Los contratistas se ven en la obligación de crear estándares de calidad al más alto nivel.

Permite aumentar la inversión de capital en las áreas centrales de la empresa beneficiaria. VENTAJAS LI En empresas demasiado grandes, donde se ha hecho necesaria una reducción de personal, el outsourcing permite delegar ciertas laborales. operaciones sin Incurrir en La posibilidad de compa de determinada amenazados en su estabilidad laboral y bajar la productividad en trabajo. DESVENTAJAS LI Los trabajadores pueden sentirse menos comprometidos con la empresa llevando a una disminución en su rendimiento.

También se habla de una posible inestabilidad en la relación de trabajo entre contratista y contratante, por los cambios que la compañía contratante haga de sus gerentes o personal de apoyo. PANORAMA DE EXTERNALIZACION LABORAL LA CONTRATACION DIRECTA (Vertical entre la empresa y las/los empleados) – Asalariados Contrato de trabajo INTERMEDIADA (horizontal entre la TERCERIZADA empresa usuaria y la EST, vertical de la empresa beneficiaria empresa usuaria en contratante y el representación de la contratista) — EST con el empleado constitucional de primacía de la realidad sobre las formas, art. C. Pol. Existencia en la realidad de los elementos de la relación de trabajo (Código Sustantivo del Trabajo, art. 22), esto es, prestación personal del servicio, subordinación del trabajador hacia la empresa beneficiaria del servicio, remuneración. Actividades misionales permanentes, es decir, actividades de apoyo no incluidas en la cadena productiva (actividades de apoyo como construcción, mantenimiento preparación de maquinaria esencial se entienden como parte de la cadena productiva según la jurisprudencia. Ley 1429 de 2010. Decreto 2025 de 2011) Funciones de dirección y de coordinación PRESUPUESTOS de las misionales permanentes, según la Aquella en la cual el ente contratista cumple con los requisitos de ley acorde con su naturaleza Aquella en la cual la relación del trabajador con el ente beneficiario y con el contratista se da según los jurisprudencia. Cuando el ente que realiza es no Flexibilización laboral. del capital) LI Progresivo desdibujamiento de la relación de trabajo y de las normas que la rigen. ? Situaciones de desprotección cuando se emplean acuerdos civiles o comerciales para encubrir o disfrazar una relación laboral directa o generar situaciones de ambigüedad. PRINCIPIOS COMPROMETIDOS LI Primacía de la n Buena fe. Estabilidad laboral. Protección especial del trabajo. n Dignidad humana. Igualdad. Colombia como Estado Social y Constitucional de Derecho. Constitución Politica de Colombia. ARTICULO 53 realidad sobre las formas. Igualdad de oportunidade aiadores; laboral o sobre la modalidad utilizada para establecerla».

En el primer caso, se busca «anular, impedir o atenuar la protección que brinda la ley [… ],»; o «puede servir para ocultar la identidad del empleador, cuando éste como tal en realidad es un intermediario que libera al empleador de parecer como parte en la relación de trabajo y, de la responsabilidad que le compete». En el segundo caso, no desaparece el contrato, pero su naturaleza es deformada, pues se manipula «de modo que se prive a los trabajadores dependientes de ciertos derechos y prestaciones», es decir, se priva de protección a los trabajadores.

TERCERIZACION ILEGAL ¿QUE DICE LA CORTE? La Corte Constitucional ha establecido: «la inconstitucionalidad de todos los procesos de deslaboralización de las relaciones de trabajo que, a pesar de que utilizan formas asociativas legalmente válidas, tienen omo finalidad última modificar la naturaleza de la relación contractual y falsear la verdadera relación de trabajo» (Sentencia C-614 de 2009. M. p.

Jorge Ignacio Pretelt Chaljub) RIESGOS DE LA TERCERIZACION n Riesgo de discriminación laboral. CJ Riesgo de insolvencia del empleador formal. Riesgo de deslaboralización o informalización laboral. LI Riesgos de bajos ingresos laborales. Riesgo de desprotección social. CJ Riesgo de desempleo recurrente. Riesgo de pérdida de derechos colectivos. Algunas alternativas jurídicas Ü Contrato realidad L[mites a las Empresas 0 DF 11 , en virtud de su