Modelo de un informe de la ONU (público) / Es sólo un modelo de cómo hacerlo

NACIONES UNIDAS Consejo de Seguridad Distr. GENERAL S/n 959/231 30 de marzo de 1 959 ESPAÑOL ORIGINAL: INGLÉS OF6 p INFORME DEL SECRETARIO GENERAL SOBRE LA SITUACION EN SUDAFRICA PRESENTADO AL CONSEJO DE SEGURIDAD (1959) ntroducción 1. El presente informe se hace con la finalidad de investigar la situación actual en Sudáfrica, controlada por la Unión Sudafricana, la cual ha sido de gran preocupación y queja para 29 Estados Miembros.

Si bien se conoce lo que es la legislación del Apartheid, con este informe se logrará profundizar cómo funciona realmente y de qué manera ha afectado esto a los ciudadanos africanos. . El El presente informe abarca los acontecimientos politicos que han ocurrido desde que realicé mi primera investigación, fecha de 30 de marzo de 1959. También figura una evaluación general de las Naciones Unidas, en relación con los aspectos políticos, humanitarios, seguido del programa de justicia. II.

Acontecimientos politicos 3. Para 1959, Hendrik Frensch Verwoerd se alzó al poder como Ministro de Asuntos Indígenas, donde componía muchas de leyes represivas de separación entre las razas, entre ellas están: • El Acto de Extensión de Educación Universitaria, con el que e establecieron universidades especiales para gente de color e indios, que hasta entonces tenían muy restringidas la elección de instituciones superiores y el ingreso a las mismas. Se crearon instituciones separadas para ellos. ?? El Acto de Promoción de Autonomía Bantú, la cual permitió que miembros de la población negra recibiera instrucción y entrenamiento para trabajar en el sector de la construcción; Sil 959/231 Español Página 2 sin embargo, sólo podían trabajar en zonas designadas para negros. 4. En agosto de ese mismo año, los miembros del Partido Nacional se separan y crean el Partido Progresista. . El 12 de diciembre se da lugar en Durban a la Conferencia Anual del Congreso Nacional Africano número 47.

III. Evaluación de las Nacio n cuanto a la situación intervención internacional a consideración de este informe, debido a la serie de abusos contra la integridad tanto física como psicológica por parte del gobierno, bajo las leyes del Apartheid. 7. Este conjunto de leyes se basan en la separación absoluta de razas, específicamente separando las personas blancas de las personas de color, violando así los principios de igualdad establecidos en la carta Fundacional de las Naciones Unidas. Los establecimientos, según dichas leyes, están limitados; existen establecimientos para blancos y establecimientos para personas de color, siendo los últimos de menor calidad, es decir, los establecimientos públicos para personas de color no tienen las mismas condiciones que los establecimientos para blancos, ya sean hospitales, escuelas e incluso paradas de autobús.

Esto se refiere a que un establecimiento para un persona de color no posee condiciones higiénicas, no posee personal apto para las labores, así como tampoco posee el estado para que se habite o rabaje en él, ya que en su mayoría, para no decir todos, están en muy mal estado. 9.

También encontramos lo que es la pérdida de derecho al voto por parte de las personas de color, en esto se refiere a que el gobierno primero separó las razas en «blancos» y «de color», haciendo que estos últimos no tuviesen derecho a pisar tierras «de blancos», por lo tanto, el gobierno MI 959/231 Espar,ol Página 3 quiso hacer que, éstas zonas de personas de color, se independizaran, a modo de imponer un gobernante a su gusto, para que de esta manera, 3 para que de esta manera, no pudiesen votar por quien realmente ba a gobernar. 10.

Como podemos apreciar en la Carta Fundacional de las Naciones Unidas en el artículo número 1, establece: «… fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y a la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas para fortalecer la paz mundial.. por lo tanto, se estaría violando este principio con la llamada Ley de Prohibición al Comunismo. B. Aspectos humanitarios 11. Para 1959, Sudáfrica era un país en el que las diferencias de razas estaban excesivamente marcadas.

La magnitud de esprecio que existía ante la población de color era abrumadora. 12. A pesar de constantes movimientos pacíficos por parte de grupos en contra del gobierno, nunca se llegó a un acuerdo para lograr escuchar o complacer los pedidos de dichos grupos. 13. La asistencia humanitaria que existía para dichas personas de color era bastante pobre y careciente de recursos. Los hosp tales no poseían el personal laboral suficiente, ni medicamentos suficientes, sin mencionar el mal estado de los mismos. No habla lugar en donde atender a las personas de color heridas o enfermas. 14.

Aproximadamente 2,000 personas de color no lograron er atendidas en hospitales debido a la falta de personal y de habitaciones en éste. ación africana de color fue 15. En este mismo año cas’ dispersa en diferentes zon ca, siendo así separadas africana de color fue dispersa en diferentes zonas de Sudáfrica, siendo así separadas de la población blanca y sin derecho a ingresar en las zonas donde éstas habitan. 16. Se le prohibió a la población de color habilitar negocios o ejercer prácticas profesionales dentro de las áreas asignadas específicamente para los blancos, bajo pena de cárcel.

Página 4 17. Estas condiciones humanitarias bajo las cuales se encuentran as personas de color, violan los principios de igualdad establecidos en la Carta Fundacional de las Naciones Unidas, específicamente en el artículo 55: «Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de 15 la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá: a.

Niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social; b. La solución de problemas internacionales de carácter conómico, social y sanitario, y de otros problemas conexos; y la cooperación internacional en el orden cultural y educativo; y c. El respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades. C. Programa de justicia 18. Durante el período que se informa, existen cuerpos policiales ón, sin embarg que velan por la seguridad 5 informa, existen cuerpos policiales que velan por la seguridad de la población, sin embargo estos cuerpos policiales velan por la eguridad de la población blanca unicamente. 19. No existe apoyo en lo que es el gobierno y la población de color, se busca apartarlos lo más posible e incluso quitarles su ciudadanía sudafricana. 0. Urge la necesidad del establecimiento y cumplimiento de un Estado de Derecho para que se pueda llegar al cumplimiento de lo que es la Carta Fundacional de las Naciones Unidas. IV. Observaciones 21. El presente informe marca un punto de transición en los esfuerzos de las Naciones Unidas por socorrer a un pueblo y a un pais atrapados bajo legislaciones que violan su derecho, en el aso de la población de color. 22.

Las Naciones Unidas está en la necesidad de intervenir instando al gobierno a cambiar su sistema político, haciendo así que toda la población sudafricana tenga derechos iguales. Página 5 23. En numerosas ocasiones he mencionado la violación a la Carta Fundacional de las Naciones Unidas, por lo que, el gobierno tiene la obligación de hacer cumplir los principios establecidos en dicha 24. La experiencia en la estadía en Sudáfrica ha demostrado la gran necesidad de la asiste taria, que persigue el mejoramiento inmediato d nes de emergencia, la