Los primeros concilios ecuménicos

Los primeros concilios ecumenicos Un concilio ecuménico es una asamblea celebrada por la Iglesia católica con carácter general a la que son convocados todos los obispos para reconocer la verdad en materia de doctrina o de práctica y proclamarla. El término concilio proviene del latín concilium, que significa «asamblea». Ecuménico, proviene del latín oecumenicum, traducción a su vez del griego oiKoupévov, que significa (mundo) habitado. Los concilios ecuménicos se numeran del I al XXI, y se dividen en dos grupos: griegos y latinos, según hayan tenido lugar en Oriente u Occidente.

Los concilios griegos fueron convocados or los emperadores de la época que, generalmente, los presidieron. Los concilios latinos fueron convocados por los p papas. El concilio de Nicea Reunido por el Empe or San Silvestre. Contra del Verbo, largament OF4 d te el pontificado de consubstancialidad o, diácono de Alejandría; sancionó los privilegios de las tres sedes patriarcales de Roma, Alejandría y Antioquía, y extendió a toda la Iglesia la costumbre romana concertando la fecha de la celebración de Pascua.

El Verbo es verdadero Hijo de Dios, de la misma substancia del Padre, y por lo tanto verdadero Dios. El concilio de Constantinopla I Macedonio, patriarca de Constantinopla, admitía la divinid Swige to vlew next page divinidad del Verbo pero la negaba en el Espíritu Santo; decía que era una criatura de Dios, una especie de superministro de todas las gracias. Reunido durante el pontificado del Papa San Dámaso y el Emperador Teodosio el Grande, reafirmó la divinidad del Espíritu Santo. Contra los macedonianos. El Espíritu Santo es verdadero Dios, como el Hijo y el Padre. Símbolo Niceno – Constantinopolitano). Nestorio, patriarca de Constantinopla, negó la unión del Verbo Divino con la humanidad en unidad de persona; afirmó que Jesús ra un puro hombre en quien habitaba el Hijo del Eterno Padre, y si Jesús no era Dios tampoco Marra podía ser Madre de Dios. También fue condenada la doctrina de Pelagio y Celestino que negaban la transmisión del pecado de Adán a su descendencia y defendían la bondad, puramente humana para hacer el bien sin el concurso del auxilio divino. El concilio de Éfeso San Celestino I Contra el nestorianismo.

En el reinado de Teodosio el Joven. Definió la unidad de persona en Cristo y la maternidad divina de María. Cristo, Dios-Hombre en un solo sujeto; la unión hipostática es substancial, no accidental, física, no moral. Condenación de los errores pelagianos. El concilio de Calcedonia León I El Magno. Contra los monofisitas. Emperador Marciano. Condenó el eutiquianismo, que no reconocía en Cristo la distinción de las dos naturalezas perfectas. Las dos naturalezas en Cristo están unidas (personalmente), no c 2 naturalezas perfectas.

Las dos naturalezas en Cristo están unidas (personalmente), no confundidas ni mudadas ni alterada de ninguna manera. Dióscoro, patriarca de Alejandría y el abad Eutiques sostenían la opinión de una sola naturaleza en Cristo, una especie de fusión de las dos naturalezas o más bien de absorción de la naturaleza umana por la divina. Esta herejía vino a llamarse (Monofisismo), una sola naturaleza. Concilio de Constantinopla (ji) Se confirma la condenación de los errores precedentes (tanto trinitarios como cristológicos), ratificando el sentido genérico de las definiciones conciliares.

Proscriben los errores derivados de Orígenes. Concilio de Constantinopla (iii) Contra el monotelismo se afirma que en Cristo hay dos voluntades, como hay dos naturalezas, aunque sea una sola la persona, que es la del Verbo. Concilio de Nicea (ii) Se afirma la legitimidad del uso y del culto de las imágenes sagradas, contra la iconoclastia. Concilio de Constantinopla (iv) Condenación de Focio y su cisma. Confirmación del culto de las imágenes. Afirmación del Primado del Romano Pontífice.

Concilio lateranense (i) Se reivindica el derecho de la Iglesia en la elección y consagración de los obispos contra la investidura de los laicos. Se condena la simonía y el concubinato de los clérigos. Concilio lateranense (ii) Condenación del antipapa Anacleto y de sus partidarios. Cánones sobre la disciplina del clero. Condenación de 3 antipapa Anacleto y de sus partidarios. Cánones sobre la disciplina del clero. Condenación de Arnaldo de Brescia. Concilio de Lyon (i) Condenación del emperador Federico II.

Declaraciones rituales y doctrinales para los griegos (sacramentos, legitimidad de las segundas nupcias, purgatorio, paraíso, infierno). Concilio de Vienne Abolición de la orden de los templarios. Condenación de los errores de los begardos sobre la perfección espiritual. El alma es verdadera y esencialmente forma del cuerpo (contra Olivi) Concilio de Constanza Fin del cisma de occidente. Se condenan los errores de Wicleff sobre los sacramentos, la constitución de la Iglesia y también los errores de Huss sobre la Iglesia invisible de los predestinados.

Concilio de Basilea – ferrara – Florencia Unión de los griegos y de los armenios. Declaraciones sobre la procesión del Espíritu Santo, la Eucaristía y los novísimos (para los griegos). Decreto sobre los sacramentos (para los armenios): Decreto sobre la Trinidad y la Encarnación (para los jacobitas). Concilio de Trento Condenación de los errores de Lutero. Defensa de la Sagrada Escritura (Vulgata). Doctrina sobre el pecado original, la santificación y la gracia, sobre los sacramentos, especialmente sobre la Eucaristía y la Misa, sobre el culto a las imágenes, las indulgencias. Importantes decretos disciplinares. 4DF’