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IVAN gy MatrixHousc-Company 14, 2016 | _3 pagos Medellín, febrero 15 de febrero de 2014 Señores PANAMERICANA LIBRERÍA Y PAPELERÍA S. A. L. C. Referencia: Solicitud de indemnización IVAN JARAMILLO GIRALDO, mayor y vecino de esta ciudad, identificado civilmente con la cédula de ciudadanía XXXXX expedida en X,XXXXXXX, acudo ante Ustedes respetuosamente, con la finalidad de solicitarles se me indemnice por el robo ocurrido en las instalaciones de la sucursal ubicada en el Poblado, en donde se violentó la cha a de mi vehiculo en el parqueadero Sv. peto de su establecimient rg curso, entre las 18:5 registrado en las cám as de permito darles a con sean reconocidos po aproximado de 36. 500. 000: Articulo Valor Aprox. Maletin de lona color negro 5100,000 enero del año en nte, el cual quedo o anterior, me bados a fin de que tienen un valor Computador Portátil marca Samsung con su respectivo cargador 5800,000 Celular Blackberry gold con su respectivo cargador 3600,000 Billetera con todos mis documentos personales $300,ooo Wifi de la empresa UNE 385,000 cuaderno con toda la información de las empresas donde laboro TOTAL 33, 120,000

IPAD de última generación de 32 GB Wi-Fi celular S/N DMPJT27LF18F con su protector y cargador Documentos de la empresa para la cual trabaja mi esposa Calculadora 345,000 Estuche con lapiceros y portaminas finos 3350,000 Maletin con documentos del joven Esteban Garc(a y $300,000 mil pesos en efectivo 3300,000 Celular IPhone 4S de la joven Juanita López del operador TIGO con número 300 608-8302 Chapa de la puerta derecha del vehículo de este. La responsabilidad exigida en el ejercicio de dicha obligación de guarda es la diligencia exigida con carácter general n sede de obligaciones.

No obstante, dicha responsabilidad experimenta una agravaclón cuando la cosa depositada se entrega cerrada y sellada, como en el caso del vehículo, de tal forma que se presume la culpa del depositario cuando se restituyera con el sello o cerradura abiertos o forzados. Conforme a lo dispuesto en el articulo 1 . 766 del Código de Comercio, «la cosa depositada debe ser restituida al depositante, o a sus causahabientes, o a la persona que hubiera sido designada en el contrato, con todos sus frutos, productos y accesiones». r ultimo sollcito muy respetuosamente, sea entregada copia de los videos tanto internos como externos según se requirió en la denuncia, los cuales harán parte de la investigación por parte de las autoridades, ya que como se manifestó en la denuncia, se observa una persona sospechosa cerca de nosotros pendiente de nuestros movimientos. No siendo otro e motivo de la presente solicitud, agradezco amablemente la atención prestada y manifiesto que recibiré notificaciones en la carrera XXXXXX tel XXXXX cel XXXYXX email Cordialmente, IVÁN JARAMILLO GIRALDO C. C NO. XXXXXXXXXXXXXXX 31_1f3