Innovacion pedagogica

DE LOS POSTULADOS REVOLUCIONARIOS A LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES DE 1917 ARTICULO 3c ARTICULO 30 CONSTITUCIONAL El liberalismo mexicano del siglo XIX constituye un movimiento ideológico orientado a destruir los vínculos formales con la metrópoli y proporcionar las bases de un Estado nacional. Nuestro liberalismo, dice con acierto Jesús Reyes Heroles, es desde sus orígenes y por sus orígenes un liberalismo social, la organización política derivada de sus postulados, fue básicamente alcanzada desde 1857 y cobra nuevas formas más avanzadas y originales, en el texto de 1917.

Durante la época col correspondido a ora etrópoli para la los planes de enseña S»ipeto totalidad de los territ os do Lo jetivos religiosos ropósitos el determinan su conte de proporcionar la f leciente en la España de la época y formar raíces tendientes a mantener una organización social legitimada sobre una concepción sobre natural y del poder y de la sociedad.

El proyecto político ideado por el primero supone cambios tendientes al establecimiento de una sociedad libre por encima de los privilegios del clero, y la milicia, establecida con base en lo SWipe page os derechos individuales propios del liberalismo, movida hacia su propia trasformación publica, independiente de la Iglesia y capaz de extenderse a las más amplias clases populares. La noción de la educación pública tiene para el Dr. Mora un interés sobresaliente.

Le preocupa el que los establecimientos educativos preparen al individuo en el aprendizaje de sus deberes religiosos, pero «Nada se le habla de patria, de deberes civiles, de los principios de la justicia y del honor, no se le instruye en la historia ni se le hacen lecturas de la vida de los grandes hombres, pesar de que todo esto se halla más en relación con el género de vida a que están destinados la mayor parte de los educados» Tres principios expuestos por Mora, en los cuales se basó la acción educativa del gobierno de Gómez Ferias, que orientaron las importantes decisiones políticas de la prereforma en materia educativa fueron: a) Disminuir cuanto era inútil y perjudicial a la educación y enseñanza, b) Establecer esta en conformidad con las necesidades determinadas por el nuevo Estado social, c) Difundir entre las masas los medios más precisos e indispensables de prender». El pensamiento de Mora es para entender el papel tan importante que el estado debe jugar en la educación. La educación podría ser colocada al alcance de las masas solo mediante u jugar en la educación. La educación podría ser colocada al alcance de las masas solo mediante un esfuerzo de grupo liberal instalado en el Estado, acercaría a los beneficiarios de esas leyes al mejor conocimiento de sus obligaciones y derechos como ciudadanos. Para entender la constitución y las leyes es indispensable saber leer, para pensar las razones alegadas en la tribuna nacional ea para la formación o reforma de la una y de las otras, se requiere tener algunos conocimientos generales, a lo menos haber adquirido algunas reglas en el arte de pensar para el juicio, de lo contrario, no es posible que las reglas morales que deben servir de guía al hombre social tengan todo el buen resultado que desean los filósofos y los legisladores». El gobierno de Gómez Farías lleva a cabo varias acciones: se establece la Dirección General de Instrucción Pública, se dispone la creación de establecimientos público destinos a la educación n el D. F. y se suprime la universidad Pontifica por…. Inútil, irreformable y perniciosa…. » Al mismo tiempo dicta la Ley que establece la libertad de enseñanza.

Gómez Farías y Mora, su actuación provocó en el sector conservador del país una reacción propicia al retorno de Santa Anna. Años después de la Revolución de Ayutla, al concluir el aventurerismo peculiar de tan notable personaje, que surg 3Lvf4 la Revolución de Ayutla, al concluir el aventurerismo peculiar de tan notable personaje, que surgirán las condiciones para que l país sea testigo de uno de los actos de mayor relevancia y lucidez politica que ha tenido México a lo largo de su histona. El Congreso Constituyente de 1856-1857. El problema relativo de la separación entre la Iglesia y el Estado ocupo en él, un interés fundamental. Hombres letrados y dotados de un gran sentido de responsabilidad política.

La lucha por el control del poder era cuestión fundamental, ahí se jugaba la posibilidad de dictar las leyes que habrían de enmarcar y condicionar la conducta de gobernantes y gobernados. La libertad de enseñanza vendría a significar un derivado de suma importancia del principio de libertad de conciencia. En términos generales tal fue el contexto en que se produjo la constitución de 1857. El artículo relativo a la matera educativa quedaría comprendido como parte de un conjunto de preceptos denominados «derechos del hombre», dentro del espíritu propio del liberalismo clásico. Su texto sancionarla en términos muy escuetos el derecho del individuo a la enseñanza libre, sin prever todav(a el derecho del Estado del Estado a regular la actividad de los particulares.