Iniciativa 4826 Ley De La Juventud

Iniciativa 4826 Ley De La Juventud gyJosesit0012S67g $enpa,1R 14, 2016 21 pagcs 00001 CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A. DIRECCIÓN LEGISLATIVA -CONTROL DE INICIATIVAS- NUMERO DE REGISTRO 4826 ‘FECHA QUE CONOCIO EL PLENO: 29 DE ABRIL DE 2014. INICIA IVA DE LEY PRESENTADA POR EL REPRESENTANTEJIMMY RONALD REN IXCAMPARI ASUNTO: INICIATIVA QUE DISP TRAMITE: PACE to View nut*ge D JUVENTUD. PASE A LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE LA JUVENTUD PARA SU ESTUDIO Y DICTAMEN CORRESPONDIENTE. INICIATIVA DE LEY LEY DE LA JUVENTUD HONORABLE PLENO: Guatemala cuenta con una población eminentemente joven.

Atendlendo a lo que el que muchas veces se dice que es rebelde, irresponsable, generador de problemas, pero del que pocas veces se suele hablar de sus acciones positivas y sus aportes a la sociedad. la realidad de la juventud debe ser vista y analizada a partir de un enfoque de falta y escasez de oportunidades para las y los jóvenes. En la actualidad la juventud es poco visibilizada en la agenda pública lo cual resulta contradictorio en una sociedad donde la mayor(a de su población es precisamente joven.

Ciertamente los retos y desafios en el tema de juventud son enormes, no hay soluciones máglcas para resolver los problemas de as y los jóvenes guatemaltecos. En este contexto, es necesario que se promuevan al más alto nivel, procesos institucionales que permitan la visibilización y atención de la juventud por parte del Estado y la sociedad y se le tome como un actor y socio estratégico del desarrollo de la 00000003 Nación.

Cuando se habla de procesos, se refiere al establecimiento de un marco jurídico o institucional que sustente y viabilice la efectiva implementación de políticas públicas integrales de y para la juventud de la Nación, razón por la cual, es preciso establecer un marco jurídico e institucional para definir responsabilidades de las istintas entidades del Estado a favor de la juventud.

Es necesario hacer del conocimiento de honorable Pleno que en años recientes el tema de juventud y más concretam icas de juventud han 2 OF venido tomando relevanci fecha existen varias experiencias que apuntan a la construcción y formulación de políticas públicas de juventud, sin embargo, las mismas adolecen de un marco jurídico e institucional que les de un verdadero respaldo y soporte dentro del Estado en el largo plazo.

El recurso más importante de una Nación es su gente. En este contexto, el entusiasmo, creatividad, fuerza, energía, trabajo, aporte y determinación de la uventud contribuye a lograr una mejor Guatemala, y es que en la juventud está la oportunidad, la esperanza ylas ilusiones de toda una Nación; de ahí la importancia de encaminar acclones que establezcan como una prioridad en la Agenda del País la temática Juvenil.

Atendiendo a lo indicado y que el fortalecimiento de la democracia y la consecucion de la gobernabilidad precisan de una adecuada participación de la sociedad, reconociendo que las y los jóvenes, deben jugar un papel especial en las políticas públicas, para el honorable pleno la presente disposición legislativa, con la finalidad de que ada integrante reconozca el papel fundamental que debe ejecutar las y los jóvenes guatemaltecos y que/ después de su estudio y análisis correspondiente, se apruebe la presente iniciativa, como Ley de la Republica.

DIPUTADO (S) PONENTES (S) Diputado por el departamento del Quiché programas de Gobierno en beneficio de la juventud guatemalteca. CONSIDERANDO: Que en la Republica de Guatemala, cuyos habitantes mayoritariamente se integran en los «Cuatro Pueblos», es decir, el Pueblo Maya, el Pueblo Garifuna, el Pueblo Xinca y el Pueblo Mestizo, no se cuentan con las normas legales idóneas que orienten los planes y rogramas de Gobierno en pro de la juventud, ni se ha creado una entidad estatal que promueva efectivamente los mismos.

CONSIDERANDO Que personas comprendidas entre los 13 y 30 anos constituyen aproximadamente el treinta y cinco por cierto de la población guatemalteca, y en consecuencia, es responsa e organismo de Estado observancia general, que promueve el desarrollo integral de los y jóvenes de Guatemala, estableciendo sus derechos y deberes, así como las obligaciones e instituciones del Estado para el impulso de las políticas públicas, programas y proyectos comunes. ARTICULO 2. Objetivos de la Ley.

La presente ley tiene como objetivos los siguientes: a) Proteger y promover los derechos y deberes de la juventud; b) Promover políticas públicas de desarrollo integral para atender los problemas y necesidades de la juventud; e) Propiciar la plena participación de la juventud en lo social, politico, económico, cultural y ambiental; 00000006 d) Promover la coordinaci6n de las instituciones públicas, y de éstas con las organizaciones juveniles y de la sociedad civil; e) Reconocer el aporte de la juventud al desarrollo nacional; f) Reconocer y promover la diversidad cultural y de expresión de la uventud guatemalteca.

ARTICULO 3. s OF situación especial: son aquellas personas cuya situación social, económica, física, mental, cultural y legal les impide o limita el pleno goce de sus derechos. ARTICUL04. Principios orientadores. plicación se fundamente en los principios siguientes: a) Participación; b) libertad; e) Igualdad; d) Integridad; e) Equidad; f) Corresponsabilidad; g) Pluriculturalidad; h) Multilingüismo; Multietnicidad; Productividad; la presente ley, as’ como su 00000007 k) Cooperación; l) 6 OF al tiempo libre y a su aprovechamiento constructivo, a la práctica de la ducación fisica, la recreación ffsica y el deporte; g) Derecho a la participación y organización; h) Derecho a un ambiente saludable; 00000008 i) Derecho al trabajo, seguridad social, a la remuneración justa, a la capacitación y a la no explotación económica; Derecho a la capacitación técnica laboral; k) Derecho a la convivencia armónica y la paz; 1) Derecho al acceso y cobertura a servicios estatales de calidad en salud, educación y rehabilitación para la juventud con discapacidad; y m) Derecho a la protección especial en contexto de vulnerabilidad y riesgo social. CAPITULO 11 DEBERES DE LAJUVENTUD ARTICULO 6. Deberes. Son deberes de la juventud: a) Cumplir y velar por que se cumpla la Constitución Política de la República de Guatemala, la presente lev normas legales vigentes, i) Ejercer plenamente sus deberes y derechos politicos, de inscribirse en el registro de ciudadanos, elegir y ser electo, participar en actividades politicas y optar a cargos públicos.

Cuando se aplique; Impulsar la equidad de género y promover el respeto a la identidad y derechos de los cuatro pueblos en el marco de una sociedad multiculturalidad; k) Promover el respeto a la identidad y derechos de los demás grupos sociales que ohabitan en el país. ; Cuando corresponda prestar servicio cívico de conformidad con la Ley; m) Cumplir con sus responsabilidades educativas/ académicas, formativas, laborales, famlliares, soclales y políticas; n) Promover la organización y participación juvenil; o) Abstenerse de participar en acciones ilícitas; y p) Respetar, defender y promover la presente ley. ARTICULO 7. juventud. Complementariedad de los deberes y obligaciones de la los presentes deberes y obligaciones son complemento de los establecidos en la Constitución Política a y en el marco legal guatemalteco. uventud, entendió como el conjunto e dimensiones biológicas, psicológicas, económicas, políticas, sociales, culturales y espirituales que artlculadas coherentemente garantizan y potenciaHzan la participación de la juventud en el ejercicio pleno de sus derechos y deberes. ARTICULO 10. Salud. Son obligaciones del Estado en materia de salud hacia la juventud, como mínimo, las siguientes: a) Brindar atención integral, de calidad y diferenciada a través de programas de salud, principalmente preventiva, curativa, nutritiva, mental, sexual, reproductiva y de rehabilitación; y b) Promover medidas de apoyo y atención integral en salud para a juventud en sltuación especial. ARTICULO 11. Educación.

Son obligaciones del Estado en materia de educación hacia la juventud, como mínimo, las siguientes: a) Garantizar a la juventud el acceso a la educacion primarla, básica, diversificada, técnica y superior, con calidad, pertinencia cultural y bilingüe y en igualdad de condiciones; así como pro betización; b) Formular programas ed cializados para estimular materia de cultura hacia la juventud, como mínimo, las siguientes: 0000001 1 a) Fortalecer a la juventud en su entorno social, político de acuerdo a la diversidad ultural, promoviendo y apoyando sus distintas expresiones; b) Promover y respetar la identidad y derechos de los grupos culturales que cohabitan en el país; e) Promover, fomentar y apoyar las expresiones artísticas de la juventud; y d) Respetar, difundir y desarrollar las distintas formas de sentir, pensar, identificarse y actuar de los diversos grupos de la juventud, sean estos sociales, culturales o étnicos. Trabajo. ARTICULO 13. trabajo hacia la juventud, como mínimo, las siguientes: a) Implementar políticas públicas, planes, programas y proyectos que mejoren la empleabilidad, incrementen la igualdad de