Cuestionario 2

1. Defina el concepto de disolución de empresas o sociedades mercantiles: es el acto jurídico que abre el proceso de liquidación que dará lugar a la extinción de la sociedad como contrato y como persona jurídica. 2. Causas de disolución: el artículo 457 del código de comercio que trata de las causales de disolución de las sociedades anónimas, establece como una de las causales de disolución, la ocurrencia de pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del 50% del capital suscrito.

En primer lugar se observa que existe una pequeña diferencia entre el tratamiento que se ebe dar a las sociedades de responsabilidad limitada frente a las sociedades en comandita por acciones y anónimas, puesto que estas dos últimas hacen referencia a la disminución del del capital suscrito, en tanto ue las limitadas simplemente se refiere al capital. 3. Mencione las clase Disolución Parcial: es sociedad, cuando el queda perjudicado. OF5 p e dls participar en la e a la sociedad Disolución Total: Son las causas que según la ley son capaces de poner fin al contrato de sociedad que se ha celebrado entre dos o más personas. . Concepto de liquidación: es la terminación de los negocios de una empresa y el Swige to vlew next page pago de sus obligaciones. 5. Quiebra y tipos de quiebra en las empresas: es un proceso judicial de ejecución universal que tiene por objeto realizar el patrimonio de un empresario cuando ha sobreseído el pago corriente de sus obligaciones, para de esta forma poder repartir el importe entre sus acreedores en proporción a sus respectivos créditos. fortuita, cuando al comerciante le sobrevienen infortunios casuales que reducen su capital, impidiéndole el pago de sus deudas. ulpable, por negligencia del comerciante. La insolvencia se debe al incumplimiento de sus obligaciones por parte del empresario. raudulenta, cuando ha habido ánimo directo de defraudar a los acreedores. 6. La insolvencia y alternativas: la insolvencia es una situación que enfrentan personas o empresas (cualquier entidad económica) cuando ya no existe forma alguna de poder pagar sus deudas, ni en el corto o largo plazo (una empresa podría enfrentar una falta de liquidez inmediata, pero corregir esta situación con el tiempo). Algunas alternativas para evitar la liquidación son: La Prorroga de los plazos.

Condonación de partes de las acreencias o QUITAS. La intervención por junta de acreedores. El fideicomiso 7. Liquidación de empresas o sociedades mercantiles: es el conjunto de operaciones necesarias para concluir los negocios pendientes a cargo de la sociedad, para cobrar lo que a la mi necesarias para concluir los negocios pendientes a cargo de la sociedad, para cobrar lo que a la misma se le adeude, para pagar lo que ella deba, para vender todo el Activo y transformarlo en dinero y para dividir entre los socios el patrimonio que así resulte. . Mencione las clases de liquidación de sociedades mercantiles y defínalas: Liquidación voluntaria: en Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA) la quiebra de la sociedad es onsiderada causa de disolución, pues normalmente la quiebra da lugar a la liquidación del patrimonio de la sociedad para su reparto entre los acreedores. Liquidación por quiebra: la desaparición de la sociedad no depende ya del procedimiento de quiebra que ha soportado sino de su situación económica. 9.

Mencione las operaciones de liquidación a realizar para el proceso de liquidación: luego que se hubiera decidido la liquidación de la sociedad, por la causa que fuere; se nombrara un liquidador o junta liquidadora o sindico. Informar al tribunal de comercio de la situación y de los poderes ue se hubiere otorgado. Se suspenderán todas las operaciones y se procederá a levantar inventario de todos los bienes de la sociedad. Se efectuara un cierre de ejercicio y se preparan los estados financieros.

Se realizaran los activos, a los precios de la demanda en el mercado. Se cancelaran las deudas en su orden de priorida 3 activos, a los precios de la demanda en el mercado. Se cancelaran las deudas en su orden de prioridades legales. Se repartirá el remanente entre los socios en proporción a sus capitales aportados. 10. Concepto de liquidadores: Son los administradores y os representantes legales de la sociedad en liquidación, encargados de llevar a cabo la misma.

La ley los define como los representantes legales de la sociedad que se liquida. Son representantes legales de la sociedad, lo cual significa que cumplen funciones de representación y de gestión de los negocios sociales similares a los de los administradores, sin necesidad de apoderamiento. 11. En qué consiste el reparto o división del patrimonio social entre los socios o accionistas: La división del haber social se lleva a cabo tras el proceso de liquidación, y consiste en el reparto del aber social entre los socios.

El reparto se facilita si se hace en dinero en lugar de in natura, pero los liquidadores (como vimos antes) no están obligados a enajenar todos los bienes sociales, por lo que también se podrán repartir éstos entre los socios. para ello se siguen las reglas de la partición hereditaria: guardar la posible igualdad, haciendo lotes o adjudicando cosas de la misma naturaleza, calidad o especie (art. 1061 CC). Salvo que la aportación se hiciese a título de uso, el socio no tiene derecho a la devolución d Salvo que la aportación se hiciese a titulo de uso, el socio no tiene erecho a la devolución de las mismas cosas que aportó. 2. Proceso contable de la liquidación o disolución: Lograr el Acuerdo de Disolución. Publicación del Acuerdo de Disolución. Inscripción del Acuerdo de Disolución Inicio del proceso de Liquidación. Culminación de la Liquidación. Inscripción de la extinción en el registro. 13. Proceso o causas legales de la liquidación o disolución. (legales, voluntarias y parcial). Para que exista disolución es preciso que se dé alguna de las causas previstas en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRISA) o en los estatutos sociales. Causas legales

Acuerdo de la Junta General Cumplimiento del término de duración fijado en los estatutos Finalización de la empresa que constituye su objeto o imposibilidad cierta de realizar el fin social o paralización de sus órganos sociales, de forma que no sea posible su funcionamiento Como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio a una cantidad inferior a la mitad del capital social, salvo que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente Reducción del capital social por debajo del mínimo legal Fusión o escisión total de la sociedad Cualquier otra causa establecida en los estatutos 5