Capacidad juridica gytranchesca222 ‘IOF6pR 17, 2011 6 pagos Seminario «Capacidad Jur[dica» Capacidad Jurídica Introduccón para comprender el tema abordado en este seminario es necesario esclarecer el concepto de Capacidad Jurídica, que en muchas ocasiones puede ser ajeno o prestarse a confusión. Por Capacidad Jurídica entenderemos la aptitud o el poder para ejercer derechos y deberes, de forma autonoma, es decir sin permiso o intervención de otros.
Este concepto está directamente relacionado con la personalidad la ciudadanía, por lo que se Swp to page posee desde el mom orfi al ser humano. Sin e arg las leyes que rigen n tro P a personas con disca evidente vulneración decir, es inherente s estipulaciones en niega este derecho xponiéndolos a una do la necesidad de que otra persona lo represente, situación que claramente coarta la autonomía de las personas, dejándolas en desigualdad de oportunidades y de condiciones con el resto de las personas que no presenten discapacidad o deficiencias.
Con el fin de reducir o eliminar la desigualdad antes descrita y permitir que las personas con discapacidad puedan ejercer en igualdad de condiciones su Capacidad Jurídica se han establecido iferentes Convenciones entre países y leyes que describen medidas que deben ser llevadas a cabo con el fin de disminuir o eliminar las diferencias.
En este Seminario trabajaremos espec específicamente con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Convención ONU), la Convención Interamericana para la eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las personas de Discapacidad (Convención OEA) y la Ley 20. 422.
Los objetivos centrales de este Seminario son dar conocer los diferentes aspectos tratados en los textos legales mencionados y e qué forma abordan y pretenden corregir las déficits existentes en torno a la Capacidad Jurídica, con éste fin se evaluarán las oportunidades, alcances y limitaciones de sus articulos, a través de un análisis de ellos. Por otra parte, se cuestionará desde el punto de vista de la Terapia Ocupaclonal, que tan beneficiosas resultan las acciones propuestas en los documentos para nuestros usuarios, sus familias y la sociedad en general.
Para finalizar indicaremos los aprendizajes obtenidos gracias a la realización de nuestro Seminario y cómo estos tienen un mpacto en el ejercicio de nuestra carrera. Desarrollo Dentro de los distintos textos que se vinculan y abordan el tema de Derechos que poseen las personas con discapacidad, se hace un importante énfasis en la relevancia que tiene la Capacidad Jurídica, en este grupo específico de personas. Esta se entiende como . la cual presenta características específicas para este grupo determinado.
A lo largo de la historia, se han producido diversos hechos y situaciones que han marginado y excluido a las personas en situación de discapacidad hechos y situaciones que han marginado y excluido a las ersonas en situación de discapacidad de su propia capacidad jurídica. Ante esto, han surgido diferentes convecciones y acuerdos, para revertir esta situacón, intentando lograr una igualdad de derechos, e igualdad de condiciones y oportunidades que el resto, dentro de estas haremos alusion a algunas, a pesar que no en todas se hace alusión explicita a la capacidad jurídica como tal.
En las diferentes leyes y convenciones que abordan el tema de la Discapacidad podemos encontrar, tanto de forma explícita como implícita, el concepto de Capacidad Jurídica. En ste apartado realizaremos un análisis del nivel del alcance, limitaciones y oportunidades que contienen cada una de ellas en forma particular. Específicamente, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Convención ONU) es el más específico en abordar este tema, haciendo alusión directa a la Capacidad Jurídica como tal.
El Artículo 12 de la convención de la ONU estipula: Igual reconocimiento como persona ante la ley 1. Los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica. . Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. 3.
Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discap 31_1f6 Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. 4. Los Estados partes asegurarán que en todas las medldas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica se proporcionen alvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos de conformidad con el derecho internacional en materia de derechos humanos.
Esas salvaguardias asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jur[dica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las clrcunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se comprometen a: .
Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuación, sin que la lista sea taxativa: a) Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicacio nstalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios pollclales, y las actividades politicas y de administración; 2. Trabajar prioritariamente en las siguientes áreas: b) La detección temprana e intervención, tratamiento, rehabilitación, educación, formación ocupacional y el suministro de servicios globales para asegurar un nivel óptimo de independencia y de calidad de vida para las personas con discapacidad; Conclusión
Como grupo a modo de conclusión primeramente queremos destacar la gran importancia que tiene para nosotros como terapeutas ocupacionales en formación, el poder realizar seminarios que traten temas tan importantes y relevantes para nuestro futuro trabajo, con temas como la capacidad jurídica. Las personas con discapacidad, claramente no se encuentran en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía, se ven limitados en cuanto a su participación en diversos ámbitos de sus vidas, en un estado de vulnerabilidad y finalmente en una desigualdad de oportunidades. Es por esto que como rupo consideramos que es importante generar conciencia en la comunidad para así revertir esta situación que cada vez se acentúa más en nuestra sociedad.
Creemos que una de las maneras que se alcanzaría esto, seria realizar campañas en las cuales se divulguen estas convenciones, y demostrar cuales son las acciones que como ciudadanos están produciend estas convenciones, y demostrar cuales son las acciones que como ciudadanos están produciendo la discriminación de estas personas, y en las cuales se recuerde que son ellos quienes ponen las barreras con la manera de actuar que tienen frente una persona con discapacidad, y además generar conciencia que con esto, están evitando y coartando su participación plena dentro de la sociedad. Además de exponer a la población los derechos humanos que tienen todas las personas con discapacidad y la posible sanción que existirá en caso del no cumplimiento de estos. Todo esto, como una forma de educar a la comunidad, pero también es trascendental que las personas en situación de discapacidad, hagan valer sus derechos como cudadano. or otra parte consideramos, que los artículos analizados si bien hablan del respeto y las condiciones de igualdad, de todos os derechos humanos que deben existir para las personas con discapacidad, para favorecer la no discriminación, en ocasiones creemos que se plantean metas muy amplias y elevadas, que quizás son más difíciles de llevar a cabo. por otra parte destacamos que en las convenciones no se considere el sexo ni la edad, ni el tipo y nivel de discapacidad de las personas, de esta manera toda persona con discapacidad, sentirá la libertad de apelar a sus derechos como persona, haciendo valer de esta manera su autonomía, participación y valorando su identidad como ciudadano.