alistamiento pre militar

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER PODULAR PARA LA EDUCACION INSTITUTO TERRESA DE LA PARRA CALABOZO ESTADO GUARICO LEY DE ALISTAMIENT PRE-MILITAR SEMESTRE: 2do Cs Prof. : Rafael Polanco /-19. 161. 929 OF4 next pas NOMBRES: Jesús Eduardo APELLIDOS: Crous Yánez hombres para el servicio de las armas. es voluntario, cuando el alistado toma libremente las armas es forzoso, si el recluta es obligado por la ley Los vasallos de los príncipes y ricos-hombres formaban en otro tiempo los ejércitos, pero se retiraban a sus hogares en cuanto concluían el objeto de la reunión.

La recluta se hizo después por medio de la leva pero pasada la Edad Media, las ventajas que lograba el soldado hacían que se considerase esta profesión como la única que daba entrada a los honores; de aquí provino que desapareciesen los alistamientos forzados. En Venezuela el servicio militar es un deber (aunque no hay reclutamiento forzoso, según el artículo 134 CNB de 1999), a partir del 21 de octubre de 2009 cuando fue publicada en la Gaceta Oficial n. a 5. 933 la nueva Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.

La edad militar durante el cual los enezolanos tienen obligaciones militares está comprendida entre 18 y 50 años para inscribirse en el registro militar. Además para cumplir con el deber de prestar servicio militar la edad es de 18 a 30 años, y el servicio militar tiene una duración de un año (voluntario), y se presta en dos modalidades: a tiempo completo o a tiempo parcial, para fines educativos y de empleo, con todos los beneficios de ley: comida balanceada, alojamiento, seguro de vida, asignación mensual de acuerdo a la modalidad escogida, etc.

Cabe destacar que hasta la entrada en vigencia de la Constitución e la República Bolivariana de Venezuela en 1999, el servicio militar era con PAGL2 4 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, el servicio militar era con carácter de obligatoriedad por medio de reclutamiento forzoso (lo que coloquialmente se conocía como la «recluta»).

Ley de Circunscripción y Aislamiento Militar Articulo NO 70: la Instrucción Pre-militar tiene por objeto proporcionar al joven estudiante los conocimientos militares necesarios que contribuyan a su formación y capacitación integral. Articulo NO 71 : la Instrucción Pre-militar a que se refiere el rtículo anterior es obligatoria para los alumnos de los últimos años de educación secundaria o su equivalente de los planteles educacionales, ya sean estos oficiales o privados.

Articulo NO 72: a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el presenta título los Ministros de la Defensa y Educación, Cultura y Deporte, coordinaran la elaboración y ejecución de los programas correspondientes Articulo NO 73: la Instrucción Pre-militar no exime del cumplimiento de la obligación de prestación del servicio militar ni de la asistencia a la construcción prevista en la presente ley y su eglamento.

Reglamento de la Ley de Circunscripción y Aislamiento Militar Articulo NO 1 59: la Instrucción Pre-militar tiene por objeto proporcionar al estudiante los conocimientos de carácter general que contribuyan a su formación integral que abarque los aspectos rrollo de su aptitud física, de la defensa nacional, así moral e intelectual. Articulo NO 1 60: la Instrucción Pre-militar es obligatoria durante los dos últimos años de Educación Secundaria o su equivalente. El programa de Instrucción Pre-militar deberá ser incluido en los programas oficiales de enseñanza.

Articulo NO 1 61 : los Ministerios de la Defensa y Educación, Cultura y Deportes coordinarán la elaboración y ejecución de los programas para el cumplimiento de la Instrucción Pre-militar los cuales deberán contener los objetivos a ser alcanzados a las actividades a desarrollar, asf como la oportunidad en que estas habrán de realizarse. Articulo NO 1 62: corresponde al Misterio de la Defensa nombrar a los Instructores Militar4s, proporcionar el material de guerra necesario y supervisar los resultaos de la Instrucción Pee-militar través de los respectivos comandos de guarnición.

Articulo NO 163: es requisito para aprobar el programa de Instrucción Pre-militar el haber tenido un mínimo de un 75% de asistencia en dicha instrucción durante el año respectivo y haber rendido satisfactoriamente las pruebas teóricas y prácticas con una calificación de 10 0 más puntos. Bibliografía VASQUEZ DIAZ Marjorie. Instrucción Pre-Militar. 10 año de Educación Media y Diversificada y Profesional. Editorial Biosfera. Caracas, Venezuela. ENCARTA 2003, Enciclopedia. LEY ORGANICA DE CONSCRIPCION Y ALISTAMIENTO MILITAR Y SU REGLAMENTO. Gaceta oficial. 2306 del 11-09-78 y del 1 1-09-79. PAGL40F4