ACTA NOTARIAL DE MATRIMONIO CIVIL

En el municipio de Antigua Guatemala del departamento de Sacatepéquez, el veinticinco de diciembre del año dos mil quince, siendo las diecisiete horas, constituido en la 3ra.

Avenida sur, numero 14 B, Aldea San Juan del Obispo del municipio Antigua Guatemala del departamento de Sacatepéquez, a requerimiento de JUAN JORGE ROJO CHACÓN y MARÍA ADRIANA yuc GARCíA, se suscribe la presente acta, con el objeto de autorizar el MATRIMONIO CIVIL y para el efecto BAJO JURAMENTO DECLARAN: JUAN JORGE ROJO CHACÓN, que es hijo de JORGE ROJO VIVAR y de MARÍA EUSTAQUIA CHACÓN DE ROJO, quien nació el eintiocho de marzo de mil novecientos setenta y dos, tal como consta en la certificación de la Partida de Nacimiento número cuatrocientos veinticuatro (424), folio ciento treinta y seis (136), del libro número setenta dos 72 del Re istro Nacional de las Swipe View next pase SwiFQ to nut page Personas del municip de Sacatepéquez, de soltero, guatemaltec Documento Personal de Identificación (CUI , noventa y ocho, cincu OF3 e est a, departamento edad, carpintero, entifica con el on el Código Unico os mil seiscientos cincuenta y seis mil novecientos veintisiete, cero trescientos no (2698 56927 0301), extendida por el Registro Nacional De Las Personas de la República de Guatemala.

Por MARÍA ADRIANA yuc GARCÍA, es hija de ALEJANDRO yuc MINAS y de ALEJANDRA GARCÍA JIMENEZ, quen nació el dieciséis de agosto de mil novecientos setenta y siete, tal como consta en la partida de nacimiento número mil ciento setenta y tres (1 173), Folio trescientos veintidós (322), del libro ochenta y uno (81 ), del Registro Nacional de las Personas del municipio de Antigua Guatemala, del departamento de Sacatepéquez, de treinta y ocho años de edad, soltera, ama de casa, guatemalteca, de este omicilio, quien se identifica con el Documento Personal de dentificación (DPI), con el Código Único de Identificación (CUI), asignado al número mil novecientos noventa y cinco, noventa y un mil novecientos ochenta y nueve, cero trescientos uno (1 995 91989 0301), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la república de Guatemala. Los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus Derechos Civiles, ser de los datos de identificación personales relacionados, que no tienen parentesco entre sí ni impedimento para contraer matrimonio y que expresamente para el efecto adoptan el ntre sí ni impedimento para contraer matrimonio y que expresamente para el efecto adoptan el REGIMEN DE COMUNIDAD DE GANANCIALES Y NO CELEBRAN CAPITULACIONES MATRIMONIALES.

El infrascrito Notano ha ilustrado a los requirentes lo relacionado con el matrimonio conforme lo que establece el Código Civil, así como la trascendencia y consecuencia del mismo, por consiguiente preguntados por separado a los contrayentes si ambos se aceptan mutuamente como MARIDO Y MUJER, MEDIANTE EL VINCULO DEL MATRIMONIO CIVIL, a lo que contestan afirmativamente, y en virtud de que la documentación que me presentan es suficiente onforme a la ley y a mi juiCi0, SOLEMNEMENTE DECLARO UNIDOS EN MATRIMONIO CIVIL A: JUAN JORGE ROJO CHACON y MARÁ ADRIANA YUC GARCÍA, por lo anterior hago constar que el acto fue realizado en forma continúa sin interrupción alguna y en el mismo lugar y fecha de su inicio; finalizando cuarenta minutos después de su Inicio, la cual queda contenida en una hoja de papel bond y habiendo leído íntegramente lo escrito a los contrayentes y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptan, ratifican y firman. Doy fe de todo lo expuesto. 3 DE 3