30 PRESSERm 3 gy carmenaliciJ7 ctcnpanR 13, 2016 | II pagos ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS NO. 002 CDP No. 007 CONTRATISTA: YENNY ROCIO MAJIN HORMIGA VALOR: 189. 750 Entre los suscritos, de una parte el señor xxxxxxxxx, identificado con cédula de ciudadanía No. 1 476. 940 de La Vega Cauca, quien obra en nombre y representación de la INSTITUCION EDUCATIVA xxxxxxx, quien en adelante se denominará La Institución Educativa, y de otra parte, la señorita YENNY ROCIO MAJIN HORMIGA. identificado con la CC NO 1. 058. 788. 20 de La Sierra Cauca, y Rut No. 1. 058. 788. 620-0, quien obra en su propio nombre ori 1 Contratista, hemos a da prestación de servici PRIMERA: Objeto. El Educativa a prestar s denominará El nte orden de entes cláusulas: con la Institución , de digitación e impresión de boletines de la Institución Educativa; del primer y segundo, periodo académico 2014 y la organización del archivo de calificaciones; por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, de acuerdo a la información recibida de la institución Educativa .
SEGUNDA: Obligaciones Del Contratista. En desarrollo del objeto de este contrato, el contratista se obliga a entregar los boletines debidamente diligenciados e impresos e los dos periodos académicos, de la totalidad de la población estudiantil de la Institución, y el archivo de calificaciones, a entera satisfacción de la Institución Educativa. TERCERA: Duración. El presente contrato tendrá una duración de cuatro días calendario contados a partir de la suscripción de la presente orden. CUARTA: Valor Del Contrato Y Forma de Pago.
El valor de la presente orden ascle asciende a CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($189. 750) moneda corriente, que la Institución cancelará una vez entregue a entera satisfacción los boletines del primero y segundo periodo académico 2014 y l archivo de calificaciones. QUINTA: Imputación Presupuestal. Pagara con cargo al código 21101 Servicios. Personales indirectos, remuneración servicios técnicos, según consta en el presupuesto del fondo de vigencia 2014 y a su correspondiente registro presupuestal.
SEXTA: La presente orden de prestación de servicios no genera ninguna relación laboral entre el empleador y el trabajador. SEPTIMA: Sección Y Subcontratos. El contratista no podrá ceder ni subcontratar los derechos y obligaciones emanadas en la presente orden de prestación de semcios, sin el consentimiento expreso del contratante. OCTAVA: Designación De Interventor. La coordinación, supervisión y vigilancia del presente Orden estará a cargo del Representante Legal de la Institución Educativa. NOVENA: Incompatibilidades E Inhabilidades .
EI contratista manifiesta, bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en alguna(s) de las causales de inhabilidad e incompatibilidad legal para suscribir el presente contrato. DECIMA: Ejecución. El contratista sólo podrá inlciar la ejecución del presente contrato, cuando se hayan cumplido los siguientes requisitos: a) Certificado de Disponibilidad Presupuestal, Registro Presupuestal. DECIMA PRIMERA: Perfeccionamiento. La presente orden de prestación de servicios, para su perfeccionamiento requiere la firma de las partes. DECIMA SEGUNDA: Domicilio. ara todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual es Municipio de para constancia se firma en xxxx a los diez y ocho (18) día del me Municipio de xxxxxxxx. Para constancia se firma en xxxx a los diez y ocho (18) día del mes de julio (07) de dos mil catorce (2014). Ordenador del gasto: C. C No. Rector Institución Educativa Contratista Dirección C. C. NO. Teléfono ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS No. 003 CDP No. oog CONTRATISTA: RINDER ANACONA HIGON VALOR: 2. 500. 000 Entre los suscritos, de una parte el señor ARISTIDES PAZ HORMIGA, identificado con cédula de cudadanía No. . 476. 940 de La Vega Cauca, quien obra en nombre y representación de la INSTITUCION EDUCATIVA AGOPECIJARIA LOS COMUNEROS, quien en adelante se denominará La Institución Educativa, y de otra parte, el señor RINDER ANACONA HIGON, identificado con cédula de ciudadan[a No. 10. 537. 953 de La Vega Cauca y Rut No. 10. 537. 953. -6, quien obra en su propio nombre, y quien en adelante se denominará El Contratista, hemos acordado elebrarla presente orden de prestación de servicios contenida en las siguientes cláusulas:-PRlMERA: Objeto.
El contratista se obliga para con la Institución Educativa a prestar sus servicios de transporte en el IX encuentro por la vida, la sabiduría y la resistencia cultural; en su vehículo Bus de placas SYA 91 2,con certificado de revisión téc vigente No. 16021580 y póliza de seguro obligatori ora vigente.. SEGUNDA una duración de un día, contado a partir de la suscripción de la presente orden. CUARTA: Valor Del Contrato Y Forma de Pago. El valor de la presente orden asciende a DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS (32. 500. 00) moneda corriente, que la Institución cancelará una vez se prestado el servicio a satisfacción de La Institución Educativa, dentro de los términos de duración de la presente orden. QUINTA: Imputación Presupuestal. Pagara con cargo al código 2210301 Jornada Cultural, según consta en el presupuesto del fondo de vigencia 2014 y a su correspondiente registro presupuestal. SEXTA: La presente orden de prestación de no podrá ceder n’ subcontratar los derechos y obligaciones emanadas en la presente orden de prestación de servicios, E Inhabilidades.
El contratista manifiesta, bajo la gravedad del presente contrato. DECIMA: Ejecuclón. El contratista sólo podrá iniciar la ejecución del presente contrato, cuando se hayan presupuestal, Registro presupuestal. DECIMA PRIMERA: DECIMA SEGUNDA: Domicilio. Para todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual es Domicilio. Para todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual es Municipio de Sotará vereda Rioblanco. Para constancia se firma en Sotará, a los treinta y un (31) días del mes de julio (07) de dos mil catorce (2014).
ESP. ARISTIDES PAZ HORMIGA. CC. No. 1-476. 940 de La Vega Cauca Teléfono ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS NO. 004 CDP NO. OII CONTRATISTA: FANNY LUCIA ROMERO QUENGUAN VALOR: $ 450. 000 HORMIGA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1. 476. 940 la INSTITUCION EDUCATIVA AGOPECUARIA LOS COMUNEROS, quien en adelante se denominará La Institución Educativa, y de otra parte, la señora FANNY LUCIA ROMERO QUENGUAN, identificada con cédula de ciudadanía No. 34. 541. 715 y Rut No. 34. 541. 715. 2 de Popayán, quen obra en su propio nombre, y quien en adelante se denominará El Contratista, hemos cordado celebrarla presente orden de prestación de servicios contenida en las siguientes cláusulas:-PRlMERA: Objeto. El contratista se obliga para con la Institución Educativa a prestar sus servicios personales elaborando la documentación financiera de la Institución Educativa ado consistente SOF11 en comprobantes de egre de disponibilidad del año 2014; por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa..
SEGUNDA: Obligaciones Del Contratista. En desarrollo del objeto de este contrato, el contratista se obllga a: a entregar la documentación realizada durante el año 014, a entera satisfacción de la Institución Educativa, así: la correspondiente a los meses de enero, a, agosto en el mes de septiembre; la correspondiente a los meses de septiembre y octubre en el mes de noviembre y la correspondiente a los meses de noviembre y diciembre en el mes de diciembre. TERCERA: Duración.
La presente Orden de prestación de Servicios tendrá una duración de cinco meses, contados a partir de la suscripción de la presente orden. CUARTA: Valor Del Contrato Y Forma de Pago. El valor de la presente orden asciende a CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450. 000) moneda corriente, que la Institución cancelará en, tres cuotas: 1 a. en el mes de septiembre SI 50. 000, 2a. en el mes de noviembre $150. 000 y 3a. en el mes de diciembre $150. 000 una vez se reciba el trabajo a satisfacción de la presente orden. QUINTA: Imputación Presupuestal. agará con cargo al código 21102 Servicios Personales Indirectos remuneracion servicios técnicos, según consta en el presupuesto emanadas en la presente orden de prestación de servicios, sin el consentimiento expreso del contratante. OCTAVA: Designación De Interventor. La coordinación, supervisión y vigilan expreso del contratante. OCTAVA: Designación De Interventor. La coordinación, supervisión y vigilancia del presente Orden estará a cargo del Representante Legal de la Institución Educativa. NOVENA: Incompatibilidades E Inhabilidades.
El contratista manifiesta, bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en alguna(s) de las causales de inhabilidad e incompatibilidad legal para suscribir el presente contrato. DECIMA: Ejecución. El contratista sólo podrá iniciar la ejecución del presente contrato, cuando se hayan cumplido los siguientes requisitos: a) Certificado de Disponibilidad Presupuestal, Registro Presupuestal. DECIMA PRIMERA: Perfeccionamiento. La presente orden de prestación de servicios, para su perfeccionamiento requiere la firma de las partes.
DECIMA SEGUNDA: Domicilio. Para todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual es Municipio de Sotará vereda Rioblanco. Para constancia se firma en Sotará, al primer (1) día del mes de agosto (08) de dos mil catorce (2014). Esp. ARISTIDES PAZ HORMIGA. C. C No. C. C. NO. 1. 476. 940 de La vega cauca ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS NO. 005 1 otra parte, la señora SANDRA FERNANDEZ MUÑOZ, identificada on la CC No 25. 683. 721 de Popayán, propietaria del Establecimiento de Comercio La Casa del Computador con Rut. No. 25. 583. 21 – 3, quien obra en su propio nombre, y quien personales de mantenimiento de impresora Epson TX 220, dos instalaciones de sistema operativo y mantenimiento de fotocopiadora Sharp y Ship, por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa. SEGUNDA: Obligaciones Del Contratista. En desarrollo del objeto de este contrato, el contratista se obliga a entregar el trabajo realizado a entera satisfacción de la Institución Educativa. TERCERA: Duración El presente contrato tendrá una duración un día contados a partir de la suscripción de la presente orden. CUARTA: Valor Del Contrato Y Forma de Pago.
El valor de la presente orden asciende a CIENTO OCHENTAY CINCO MIL pesos (SI 85. 000) M. c. , el cual se cancelará una vez termine la labor objeto de la presente orden de prestación de y se reciba el servicio a entera satisfacción. QUINTA: Imputación presupuestal. pagara con cargo al FONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS código 2120201 Mantenimiento de Mobiliario y Equipo, según consta en el presupuesto del fondo de vigencia 2014 y a su correspondiente registro presupuestal. SEXTA: La presente orden de prestación de servicios no genera ninguna relación laboral entre el empleador y el trabajador.
SÉPTIMA: Sección Y Subcontratos. El contratista no podrá ceder ni subcontratar los derechos y obligaciones emanadas en la presente orden de contratista no podrá ceder ni subcontratar los derechos y obligaciones emanadas en la presente orden de prestación de servicios, sin el consentimiento expreso del contratante. OCTAVA: Designación De Interventor. La coordinación, supervisión y vigilancia del presente Orden estará a cargo del Representante Legal de la Institución Educativa. NOVENA: Incompatibilidades E Inhabilidades .
EI contratista manifiesta, bajo la gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en alguna(s) de las causales de inhabilidad e incompatibilidad legal para suscribir el presente contrato. DECIMA: Ejecución. El contratista sólo podrá iniciar la ejecución del presente contrato, cuando se hayan cumplido los siguientes requisitos: a) Certificado de Dlsponibilidad presupuestal, Registro presupuestal. DECIMA PRIMERA: Perfeccionamiento. La presente orden de prestación de servicios, para su perfeccionamiento requiere la firma de las partes. DECIMA SEGUNDA: DorniCiIi0. ara todos los efectos legales del presente contrato, el domicilio contractual es Municipio de Sotará vereda Rioblanco. Para constancia se firma en Sotará a los veintitrés (23) día del mes de agosto (08) de dos mil catorce (2014). C. C NO. C. C. No. 1. 475. 940 de La vega cauca Teléfono ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS No. CDP No. O CONTRATISTA: OMAR TIN HOR representación de la INSTITUCION EDUCATIVA PUEBLO QUEMADO, quien en adelante se denominará La Institución Educativa, y de otra parte, el señor OMAR TINTINAGO PALECHOR , identificada con cédula de ciudadanía No. 10. 510. 9 de Sotará, quien obra en su propio nombre, y quien personales de mantenimiento planta física, consistente en: 1 . Construcción de lavadero y poso séptico, 2. Reconstrucción de instalaciones eléctricas salones grado cero y primero. 3. Adecuación eléctrica para generador eléctrico. 4. Cambio de baterías sanitarias; por sus propios medios, con plena contratista se obliga a: a entregar el mantenimiento de la planta ffsica a entera satisfacción de la Institución Educativa. TERCERA: Duración. El presente contrato tendrá una duración un mes calendario contados a partir de la suscripción de la presente rden.
CUARTA: Valor Del Contrato Y Forma de Pago. El valor de la presente orden asciende a UN MILLON TRESCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS PESOS ($1. 312. 300) moneda comente, el cual se cancelaré una vez termine la labor de la presente orden de prestación de servicios y se reciba entera satisfacción, dentro de los términos de duración de la presente orden. QUINTA: Imputación Presupuestal. pagara con cargo al FONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS código 2120202 Mantenimiento Planta Física, según consta en el presupuesto del fondo de vigencia 2014 y a su correspondiente regist